Publicación- Derecho Laboral

Importantes Novedades en el Ingreso Mínimo

Mensual y Subsidios en Chile


María Paz Quezada - Abogada Socia

El Diario Oficial de la República de Chile ha publicado la Ley N° 21.751, con fecha 28 de junio de 2025, que reajusta el monto del Ingreso Mínimo Mensual, la Asignación Familiar y Maternal, y el Subsidio Único Familiar, además de incluir otras modificaciones significativas.








Una medida destacada es la habilitación de un subsidio temporal para el pago del Ingreso Mínimo Mensual, a partir de enero de 2026.

¿Cuándo aplica?



Se activará si la diferencia entre el nuevo IMM de enero de 2026 y el de enero de 2025 excede la inflación acumulada de 2025. Esta condiciónserá evaluada por el Ministerio de Hacienda en enero de 2026 y publicada mediante resolución.



¿Quiénes pueden ser beneficiarios?



Personas jurídicas sin fines de lucro, comunidades, y personas naturales y jurídicas (incluidas cooperativas) que hayan iniciado actividades en primera categoría ante el SII y tengan ingresos anuales por ventas y servicios del giro entre 0,01 y 100.000 unidades de fomento.



¿Quiénes están excluidos?



Empresas individuales de responsabilidad limitada con un único trabajador que sea el constituyente, sociedades por acciones con un único trabajador que sea socio, y personas jurídicas con socios/accionistas personas jurídicas que hayan iniciado actividades desde el 1 de mayo de2025. También se excluyen quienes, al 1 de mayo de 2025 y durante la vigencia del subsidio, realicen actividades financieras y de seguros.



Proceso de Solicitud



Se solicita una única vez en una plataforma electrónica del Servicio de Impuestos Internos (SII). El SII verificará elcumplimiento de requisitos e informará a la Tesorería General de la República para el pago.

 


Condiciones y Sanciones Importantes:


Prohibición de reducción de sueldos: No se podrá poner término a contratos de trabajo o modificarlos para reducir la remuneración con el fin de obtener el subsidio. Incumplir esto resulta en no poder recibir el subsidio y sanciones conforme al Código del Trabajo.



Reintegro: Quienes obtengan el subsidio mediante simulación, falseando datos o sin cumplir requisitos, deberánreintegrar los montos. Hay sanciones tributarias, pero no se sancionará a quienes restituyan el beneficio.



Inembargabilidad: El subsidio no estará afecto a impuestos, retenciones administrativas o judiciales, ni seráembargable



Reglamento y Fiscalización

Un reglamento del Ministerio de Hacienda, Economía, Fomento y Turismo, y Trabajo y Previsión Social establecerá las

normas para su establecimiento, monto (que podrá depender del diferencial, tipo de beneficiario, número de trabajadores, tamaño de la empresa, ingresos anuales), otorgamiento y pago.

El SII y la Tesorería General de la República tienen amplias facultades para verificar la procedencia del subsidio,

suspender/denegar el pago si hay antecedentes fundados de incumplimiento, y cobrar montos indebidos.





Observatorio de Ingresos y Otras Disposiciones



Nuevo Observatorio de Ingresos y Costo de la Vida


La ley incorpora en la Ley N° 20.940 (que moderniza el Sistema de Relaciones Laborales) un nuevo Artículo 10 bis, creando el Observatorio de Ingresos y Costo de la vida de las personas trabajadoras.



Objetivo:

Evaluar el nivel, composición y distribución de los ingresos familiares de los trabajadores, su poder adquisitivo y condiciones de bienestar, para generar propuestas de políticas públicas que mejoren la calidad de vida y la equidad social.



Funciones:

Elaborará un indicador de ingreso disponible familiar, informes trimestrales y una memoria anual.

Composición:

Estará integrado por nueve miembros ad honorem, con experiencia profesional o académica en análisis económico y social del mercado laboral, metodologías cuantitativas, análisis de datos socioeconómicos, entre otros.



Deberá constituirse al sexto mes siguiente de la publicación de esta ley en el Diario Oficial.



Otras Disposiciones



Se faculta al Ministro de Hacienda para incrementar el Fondo de Estabilización de Precios del Petróleo en hasta 25 millones de dólares de EE.UU. mediante transferencias de recursos del Tesoro Público, hasta el 31 de diciembre de 2025.


Esta ley es un paso importante para mejorar las condiciones laborales y el bienestar económico de los trabajadores y sus familias en Chile, así como para apoyar a las empresas en este proceso de ajuste.Descubre tips y datos útiles en nuestras redes sociales.

¿Deseas hacer una consulta?

Hola, necesito información.