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Próxima ley 40 horas
El 10 de marzo de 2023 se publicó y entró en vigencia la Ley Nº 21.545, destinada a promover la inclusión, la atención integral y la protección de los derechos de las personas con trastorno del espectro autista («TEA») en el ámbito social, de salud y educación. Su objetivo es asegurar el derecho a la igualdad de oportunidades y resguardar la inclusión social de niños, niñas, adolescentes y adultos con TEA, eliminar cualquier forma de discriminación, promover un abordaje integral de dichas personas en el ámbito social, de la salud y la educación.
IMPORTANCIA EN MATERIA LABORAL DE LEY TEA
La presente entrada busca informar sobre el contenido de dicha ley y sus alcances en el ámbito laboral, además del sentido y alcance determinado por la Dirección del Trabajo mediante Dictamen 501/19 de fecha 04 de abril de 2023. La ley modificó el Código del Trabajo, incorporando el Artículo 66 quinquies.
A continuación, nuestros abogados laborales de empresa exponen el contenido de dicho nuevo artículo:
NUEVO ARTÍCULO
66 QUINQUIES
1. Los trabajadores que sean padres, madres o tutores legales de menores de edad debidamente diagnosticados con trastorno del espectro autista, estarán facultados para acudir a emergencias respecto a su integridad en los establecimientos educacionales en los cuales cursen su enseñanza parvularia, básica o media. La Dirección del Trabajo estableció que calificará como “emergencia” todo suceso, accidente que sobrevenga o situación de peligro que requiera una acción y/o presencia del trabajador, en el contexto descrito.
2. El tiempo destinado a la atención de dichas emergencias será considerado como trabajado para todos los efectos legales. El empleador no podrá, en caso alguno, calificar esta salida como intempestiva e injustificada para configurar la causal de abandono de trabajo establecida en la letra a) del número 4 del artículo 160. El tiempo que el trabajador pueda utilizar para acudir y acompañar a la persona será el que medie entre aquel en que reciba la comunicación de la emergencia, y el momento en que la persona salga del estado en que se encontraba quedando a salvo su integridad, sin existir un límite máximo.
3. El trabajador deberá dar aviso a la Inspección del Trabajo del territorio respectivo respecto a la circunstancia de tener un hijo, hija o menor bajo su tutela legal, diagnosticado con TEA. La Dirección del Trabajo puso a disposición el formulario que se adjunta para dar dicho aviso. Para conocer el Ordinario de la DT, haga click aquí. Para conocer el formato, haga click aquí.
En Q&G Abogados contamos con abogados laborales especializados para la asesoría y defensa de su empresa. En caso de requerir mayor información sobre esta u otra materia, te invitamos a contactarnos y así agendar con nuestra área Laboral.
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